La irrupción de las fintechs es noticia a nivel mundial. Y América Latina no es la excepción. Las empresas de tecnología financiera son un boom regional, al punto que en los últimos meses recibieron más inversiones que sus pares de Chine e India, las líderes históricas del sector. En 2018, se crearon 1166 nuevas empresas, aumentando en un 66% el número del 2017. Si bien se distribuyen en 18 países, son sólo 5 los que concentran el 86% del mercado: México, Brasil, Argentina, Colombia y Chile.
Ahora bien, ¿Cómo responden los distintos gobiernos a esta vertiginosa expansión? ¿Hay un acuerdo por un marco regulatorio específico? ¿O cada país sigue su propia estrategia?
Desde la Ley Fintech mexicana hasta la aparente desregulación chilena, en los siguientes párrafos analizamos los casos más relevantes, no sin antes advertir algunas coincidencias. En primer lugar, los proyectos de reglamentación apuntan a áreas particulares: pagos electrónicos, créditos, crowfunding y criptomonedas. Asimismo, se observan nuevas tendencias como el impulso de la integración a través de APIs, la transparencia de datos ligada al Open Banking y la creación de entornos de prueba para el desarrollo de nuevos modelos de negocios.
Por último, uno de las convergencias más notables es la integración de sectores públicos y privados a la hora de promover el diálogo para generar propuestas legislativas, así como la consolidación cada vez más visible de asociaciones que nuclean a los profesionales y emprendedores del sector.
México: el gran pionero
Con más de 500 fintechs en su territorio, México es el líder de la región. Pero no sólo tiene la delantera en cuanto a la cantidad de empresas, también es pionero en materia de regulación. En marzo de 2018, se sancionó la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech.
La normativa alcanza a las denominadas Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) que se desempeñan en los rubros de pagos electrónicos, financiamiento colectivo y activos virtuales. Establece que, para comenzar a operar, deben estar constituidas como Sociedades Anónimas, contar con un capital mínimo y solicitar la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Además, determina que todas las empresas del sector deberán cumplir con prácticas de prevención de lavado de activos y serán supervisadas por la CNBV, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) y el Banxico, el Banco Central del país.
Luego, establece reglas para cada uno de los sectores:
- Pagos electrónicos: pueden operarse en moneda nacional y/o activos virtuales, siempre y cuando éstos sean aprobados por Banxico. Todos los pagos deben gozar de liquidez inmediata y no podrán generar cargos a los clientes.
- Financiamiento colectivo: para otorgar capital, las empresas deben consultar al menos un Buró de Crédito y contar con una metodología de evaluación de riesgos. Deben informar al inversionista los riesgos y el desempeño del solicitante. Además, la ley establece que un proyecto no puede ser financiado por más de una fintech.
- Activos virtuales: las fintechs sólo pueden operar con aquellas criptomonedas que cuenten con la autorización previa de Banxico.
Además de estos ítems destinados a ejercer cierto control sobre el sector, se destacan dos medidas innovadoras. Por un lado, el artículo 76 obliga a las IFT a establecer interfaces de programación de aplicaciones (APIs) estandarizadas que faciliten el acceso a datos financieros y transaccionales abiertos, siempre que el usuario autorice su publicación. De esta forma, busca acabar con el monopolio de cada entidad sobre los datos del cliente, reconociendo que las personas son dueñas de su propia información.
Por el otro, la normativa pretende no ahogar el desarrollo de empresas con nuevos modelos de negocios, que no se encuentren tipificadas. Para ello, contempla autorizaciones temporales para modelos innovadores, conocidos como sandboxes, tanto para IFT que no se dediquen a los segmentos ya descritos, como para instituciones tradicionales, como bancos o financieras populares.
A más de un año de su sanción, la Ley Fintech tiene defensores, como los emprendedores nucleados en Endeavor México, y detractores. Estos últimos critican las exigencias de capital inicial previstas, al tiempo que señalan que el proceso de registro a la CNBV es complejo y requiere de una inversión en asesoría legal que pocas empresas pueden afrontar. Quizás este sea el motivo de que, hasta fines de septiembre, solo 85 IFT hayan decidido inscribirse.
Brasil: criptomonedas, crowfunding y P2P
Brasil es otro de los grandes en el ecosistema fintech latinoamericano. El último informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) contabilizó 385 proyectos en ese territorio. Se destaca, además, por pisar fuerte en el ámbito de las criptomonedas (con 34 nodos de Bitcoin y 16 de Ethereum es el líder regional) y en el de los préstamos Peer-To-Peer (persona a persona).
Contrariamente al caso de México, desde el gobierno no se ha impulsado la sanción de una ley integral, pero sí se han tomado medidas tendientes tanto a regular como a impulsar la innovación financiera. En julio de 2017, la Comisión Nacional de Valores Mobiliarios, a través de la Instrucción 588, reconoció y reglamentó las iniciativas de crowfunding de capital. Desde ese momento, ha habido un notable aumento de empresas dedicadas al segmento.
En abril de 2018, fue el turno del P2P lending. La Resolución 4656 del BACEN (el Banco Central del país carioca) reconoció a las denominadas Sociedades de Empréstitos entre Personas (SEP) como miembros del Sistema Financiero Nacional (SFV), al tiempo que estableció los requisitos y procedimientos para operar. Además, puso límite a los montos crediticios: los préstamos no pueden superar los 15.000 reales. Y prohibió a las SEP operar con sus propios recursos. Es decir, estas empresas sólo están autorizadas a facilitar las transacciones entre terceros.
Más recientemente, el BACEN realizó una publicación oficial en la que reconoció al Bitcoin y a las criptomonedas como medios de pago e incluyó a los criptoactivos adquiridos por brasileños fuera de Brasil en las estadísticas oficiales de la balanza de pagos del país. La entidad aseguró que la actividad de la minería de criptomonedas será «tratada como un proceso productivo», siguiendo las recomendaciones del texto «Tratamiento de los Activos Criptográficos en las Estadísticas Macroeconómicas».
En cuanto al fomento a la innovación, el BACEN declaró en octubre que pronto presentará un paquete de medidas que funcionará como incentivo para aumentar la oferta y la competencia en el mundo fintech.
Argentina: ¿Bancos vs. fintechs?
A pesar del contexto macroeconómico, el 2019 fue (y sigue siendo) un gran año para las fintechs del país. El último recuento de la Cámara Argentina de Fintech señala que ya se cuentan 217 compañías en el sector. Esta cifra representa un aumento del 63,1% en relación con el período anterior, el mayor crecimiento de toda Latinoamérica.
En términos de tamaño, la mayoría son pymes: el 80% cuenta con menos de 50 empleados y sus índices de facturación coinciden con los de este tipo de organizaciones. A diferencia del resto de la región, en donde el segmento de pago electrónico lidera los rankings, en Argentina se destacan las empresas crediticias, que ocupan el 26,7% del ecosistema.
Hasta hoy, no existe una normativa integral para el sector. Sin embargo, los principales entes reguladores – el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV) – han tomado medidas destinadas tanto a reglamentar como a dar impulso al sector. El BCRA asegura que la innovación financiera es uno de los principales temas de su agenda, y aborda la cuestión en tres niveles.
En primer lugar, promueve medidas que contribuyen al desarrollo de la industria. En enero de 2018, impulsó la implementación de herramientas biométricas para la apertura de cuentas, la habilitación de cheques y pagarés electrónicos, así como el establecimiento de la inembargabilidad del sueldo, disposición destinada a proteger a los trabajadores en relación de dependencia que optan por adquirir créditos. Además, desde hace más de un año, emite autorizaciones a bancos completamente digitales – como Wilobank, Brubank y Rebanking – para que desarrollen sus operaciones en el sistema financiero. Cabe destacar que estos últimos están regulados por la Ley 21.526, que no alcanza a las fintechs en general.
En segundo lugar, constituyó una Mesa de Innovación Financiera, un espacio de colaboración entre organismos públicos y empresas privadas destinado a desarrollar herramientas que favorezcan la inclusión financiera.
Por último, desde 2016 organiza anualmente su Programa de Innovación Financiera, a través del cual convoca a emprendedores, estudiantes y profesionales de diferentes áreas relacionadas con el mundo financiero para generar proyectos para resolver los desafíos actuales.
La CNV, por su parte, ya emitió reglas para el desarrollo de las plataformas de financiamiento colectivo (Crowdfunding RG. N° 717/2017). También optó por promover el diálogo entre los distintos actores del segmento Fintech, inaugurando este año su propia mesa de trabajo.
En este marco, cabe preguntarse qué incidencia tienen los bancos en el debate por la regulación. Las entidades bancarias exigen la igualdad impositiva, que comenzó a concretarse cuando Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las transacciones de las billeteras virtuales se verán alcanzadas por los impuestos al crédito y el débito, al igual que las clásicas tarjetas bancarias; y que las cajas de ahorro remuneradas estarán sujetas al pago de IVA y Ganancias.
Resaltan que las fintechs no tienen que financiar seguros de depósitos y cuestionan quién protege al depositante de una cuenta virtual. También, piden que vuelquen en bases públicas las bases de sus clientes, tal como ellos lo hacen en la Central de Deudores del BCRA.
Lejos del enfrentamiento, desde la Cámara Argentina de Fintech apuestan por una convergencia positiva y reconocen la necesidad de trabajar en conjunto, dado que muchos de sus productos aún no se han independizado del sistema bancario tradicional.
Hasta el momento, parece que se va a optar por regulaciones particulares, por segmento, en lugar de seguir el camino demarcado por México. El gran interrogante es qué posición tomará el nuevo gobierno, que inicia el próximo 10 de diciembre bajo la fórmula Fernández – Fernández.
Colombia: avances en el proyecto de regulación
Al igual que en sus países vecinos, las fintechs colombianas están experimentando un crecimiento vertiginoso. Hoy en día, la Asociación Colombia Fintech ya cuenta con 83 empresas asociadas e importantes entidades de respaldo. En poco más de un año se ha consolidado como el organismo representativo de los intereses del sector y una de las comunidades más activas de la región.
Este año, además, el país ha presentado avances en materia normativa. Al Decreto de Crowfunding, publicado en 2018, se le suma un nuevo proyecto que apunta a la regulación de productos digitales e inclusivos. El objetivo, según declara el documento es “elevar el uso de servicios financieros”, aprovechando “las nuevas tecnologías e innovaciones para seguir mejorando el diseño de los productos y la adecuación de los canales existentes”.
De esta forma, la Unidad de Regulación Financiera (URF) perteneciente al Ministerio de Hacienda, se centra en mejorar la normativa apuntando a:
- Corresponsales bancarios: pretende ampliar el número de corresponsales en el territorio nacional, a través de terceros que ofrezcan servicios no financieros mediante aplicaciones o plataformas digitales.
- Productos de ahorro y transacciones simplificadas: busca unificar las regulaciones de todos los llamados depósitos electrónicos de bajo monto, simplificando la operación de los usuarios y facilitando el acceso a ellas.
- Créditos de bajo monto: propone duplicar el monto máximo, ascendiendo de dos a cuatro salarios mínimos, y eliminar la prohibición de que los productos tengan carácter rotativo. Además, precisa que sólo podrán ser ofrecidos a personas naturales que no hayan accedido con anterioridad a algún producto crediticio del sector financiero formal.
- Microcréditos: señala que la definición del tamaño empresarial se hará por “sectores y estará dada únicamente por la facturación de la unidad empresarial y ya no por número de empleados o valor de los activos”, lo cual permitiría que aumenten su masificación en todo el territorio nacional.
Este borrador, presentado el pasado 9 de octubre, responde a algunas de las necesidades planteadas por Colombia Fintech. Sin embargo, aún no hay una propuesta gubernamental frente a otros tópicos en agenda como la actualización sobre la regulación de captación masiva de fondos, imprescindible para el funcionamiento de las empresas del sector, y la promoción del Open Banking. De todos modos, el horizonte parece ser optimista y desde el gremio destacan la sinergia generada con la URF a través de mesas de diálogo y la creación de equipos de análisis técnicos.
Chile: ¿Desregulación estratégica?
En cada uno de los casos descritos, encontramos una organización que aglutina a los emprendimientos del sector Fintech y asume la tarea de comunicar las necesidades de sus miembros. Chile no es la excepción. En este país, el organismo denominado FinteChile nuclea a 66 empresas.
Este año, la asociación aseguró que Chile es el país más atrasado de Latinoamérica en lo que se refiera a la regulación de proyectos de tecnología financiera. En efecto, no sólo no existe una Ley Fintech, sino que también escasean las reglamentaciones para verticales específicas.
Recién a principios de este año, la Comisión para el Mercado Financiero publicó un White Paper con lineamientos para regular la práctica del crowfunding, que en países vecinos se encuentra reglamentada desde hace un año o más. Según el organismo, a esta iniciativa se le suma la organización de mesas de trabajo para debatir acerca de una futura y más amplia regulación. Sin embargo, no se presentaron grandes avances. Tampoco se han establecido sandboxes ni entornos similares.
Desde FinteChile aseguran que este atraso no es algo necesariamente perjudicial para el sector. Consideran que la ausencia de normas específicas puede capitalizarse para impulsar la innovación.
A nivel estatal, un año convulsionado como este no parece ser el más indicado para ocuparse del tema. Desde el Ministerio de Hacienda reconocieron que la cuestión aparecería recién en la agenda 2020, siendo la Reforma Tributaria la prioridad actual.
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